Ley de Rescate Económico en Colombia: ¿cómo afectará a las empresas, importaciones y exportaciones?

La propuesta de Ley de Rescate Económico abre un debate que va más allá de los impuestos: ¿qué puede cambiar para las empresas que importan, exportan, transportan mercancías o dependen de cadenas logísticas nacionales e internacionales?
Para Red Logística Internacional, el tema merece una mirada empresarial y operativa. No basta con enumerar los cambios tributarios; hay que entender cómo podrían trasladarse a los costos, la inversión, la competitividad y las decisiones de comercio exterior.
Una precisión necesaria: el documento que analizamos es el Proyecto de Ley 477 de 2026 Cámara. Por tanto, sus medidas son propuestas en trámite legislativo, no obligaciones que deban presentarse como vigentes.
1. ¿Qué es el Proyecto de Ley de Rescate Económico?
El Proyecto de Ley 477 de 2026 fue radicado por el Gobierno nacional ante la Cámara de Representantes el 29 de octubre de 2026. Su propósito es estabilizar las finanzas públicas mediante una combinación de reducción del gasto estatal, cambios tributarios, incentivos a la inversión y medidas para fortalecer el control fiscal y combatir la evasión y el contrabando.
La propuesta reúne medidas que pueden tener efectos distintos sobre el sector productivo. Por un lado, plantea reducir la tarifa general del impuesto de renta para las sociedades. Por otro, modifica tratamientos del IVA, aportes relacionados con la nómina y condiciones tributarias para ciertas operaciones comerciales.
Esto significa que no todas las empresas recibirían el mismo impacto. Una compañía importadora, una industria exportadora, un operador logístico y una empresa de transporte pueden enfrentar escenarios diferentes, incluso si hacen parte de una misma cadena de suministro.
¿Qué cambios propone y por qué importan para las empresas?
Medida propuesta | ¿Qué plantea el proyecto? | Posible efecto empresarial |
Impuesto de renta corporativo | Reducir la tarifa general al 33 % en 2027 y al 31 % desde 2028. | Podría mejorar el resultado después de impuestos de las sociedades que cumplan las condiciones generales. |
Compras internacionales por plataformas | Gravar con IVA del 19 % determinadas importaciones por tráfico postal y envíos urgentes que hoy pueden estar excluidas por su valor. | Cambiaría el costo final de ciertas compras internacionales y las condiciones de competencia frente a vendedores nacionales. |
Aportes asociados a la nómina | Modificar la exoneración de aportes al SENA, ICBF y salud según rangos salariales. | Podría elevar los costos laborales de empresas con trabajadores en determinados rangos de ingreso. |
Régimen para grandes inversiones (RUGE) | Crear incentivos tributarios para proyectos de inversión que cumplan requisitos de monto, sector y ejecución. | Podría favorecer inversiones de gran escala en industria, infraestructura y otros sectores habilitados. |
Modificaciones al IVA | Reorganizar bienes y servicios excluidos, exentos y gravados, con cambios importantes propuestos desde 2028. | Podría modificar costos de adquisición, consumo y operación en algunas actividades. |
2. ¿Cómo podría afectar la Ley de Rescate Económico a las importaciones?
Uno de los cambios con mayor relación directa con el comercio internacional es la propuesta de eliminar la exclusión del IVA para determinadas importaciones realizadas mediante tráfico postal, envíos urgentes o entregas rápidas cuyo valor no supere los USD 200.
En términos prácticos, si la propuesta se aprueba en los términos radicados, ciertas compras realizadas en plataformas internacionales podrían quedar gravadas con IVA del 19 %, incluso cuando su valor esté por debajo de ese umbral. La medida busca, según el Ministerio de Hacienda, reducir las diferencias tributarias entre los productos adquiridos en plataformas extranjeras y los comercializados por empresas nacionales.
¿Qué significa esto para importadores y compradores?
El primer efecto que debe analizarse es el costo total de adquisición. Cuando una empresa compra mercancía, materias primas, repuestos o equipos en el exterior, el precio del proveedor es apenas uno de los componentes de la operación.
También debe considerar transporte internacional, seguro, tributos aduaneros aplicables, gastos de nacionalización, almacenamiento y transporte interno. La modificación propuesta del IVA para determinadas compras internacionales podría alterar el cálculo final de algunas operaciones, pero no significa que todas las importaciones comerciales vayan a recibir el mismo tratamiento.
Es importante distinguir entre las compras de bajo valor realizadas mediante plataformas y las importaciones ordinarias de mercancías para actividades productivas. El alcance de cada operación depende de su modalidad, clasificación arancelaria, origen, valor y régimen aplicable.
Para las empresas importadoras, la recomendación es revisar sus estructuras de costos y no tomar decisiones de compra basadas únicamente en el precio publicado por un proveedor extranjero. Una variación tributaria puede modificar la rentabilidad de una operación, especialmente cuando los márgenes son reducidos.
¿Podría cambiar la competencia entre productos nacionales e importados?
Sí, aunque el efecto dependerá del tipo de producto y del canal de comercialización.
La intención declarada por el Gobierno es nivelar las condiciones de competencia para los productores nacionales frente a determinadas compras internacionales de bajo valor. Sin embargo, el resultado real dependerá de la capacidad de control, la aplicación de la medida y la reacción de los consumidores y vendedores.
Para los importadores formales, el debate no se limita al IVA: también pone sobre la mesa la importancia de contar con reglas claras, trazabilidad documental y controles efectivos frente al ingreso de mercancías.
3. ¿Qué impacto podría tener sobre las exportaciones colombianas?
En el texto consultado no se identifica una modificación general que cambie directamente el tratamiento de las exportaciones de mercancías. Por eso, no sería correcto afirmar que el proyecto establece un nuevo impuesto general a las exportaciones colombianas.
Sin embargo, eso no significa que el sector exportador sea ajeno a sus efectos. Las empresas que venden al exterior dependen de una estructura de costos que incluye producción, mano de obra, insumos, almacenamiento, transporte nacional, servicios portuarios, seguros y distribución internacional.
Por esa razón, los cambios tributarios que afecten a sus proveedores o a sus propios costos operativos podrían influir indirectamente en su competitividad.
Tres factores que deben observar las empresas exportadoras
1. Costos de producción y operación: la modificación de los aportes asociados a la nómina podría tener efectos sobre empresas que cuentan con trabajadores en los rangos salariales contemplados en la propuesta. Esto resulta relevante para industrias intensivas en mano de obra, centros de distribución y compañías que requieren personal operativo especializado.
2. Inversión y modernización empresarial: la reducción propuesta de la tarifa general de renta y los incentivos del RUGE podrían mejorar las condiciones para determinados proyectos de inversión. No obstante, el RUGE está diseñado para grandes inversiones que cumplan requisitos específicos; no es un beneficio automático para cualquier empresa exportadora.
Minhacienda+1
3. Competitividad frente a mercados internacionales: una empresa exportadora necesita controlar sus costos para competir en precio, calidad y tiempos de entrega. Si aumentan sus costos internos, puede perder margen de negociación frente a compradores internacionales, incluso cuando el tratamiento tributario de la exportación no cambie.
En consecuencia, el análisis para los exportadores debe centrarse en el efecto acumulado de las medidas sobre su estructura productiva y logística, no solamente en los impuestos aplicables a la salida de mercancías.
4. ¿Qué pasaría con el transporte y los servicios logísticos?
Este es uno de los puntos que más interesa a las empresas que dependen del movimiento de mercancías. Sin embargo, conviene separar los cambios expresamente planteados en el proyecto de los posibles efectos económicos que podrían producirse en la cadena logística.
Por ejemplo, el análisis tributario del articulado señala que el transporte de carga conservaría su tratamiento de servicio excluido del IVA dentro de los cambios propuestos. En otras palabras, no se debe interpretar la reforma como una decisión de gravar automáticamente con IVA el transporte nacional de mercancías.
Ahora bien, hay otros factores que sí merecen seguimiento:
Costos laborales: los cambios propuestos en aportes a seguridad social y parafiscales podrían incidir en los costos de empresas que contratan conductores, auxiliares de bodega, personal administrativo y equipos operativos.
Inversión en infraestructura y tecnología: los incentivos a grandes inversiones podrían abrir oportunidades para proyectos de modernización, automatización, almacenamiento y desarrollo industrial, siempre que cumplan los requisitos del régimen.
Costos energéticos y de transporte: el proyecto también plantea modificaciones al impuesto nacional al carbono. Su incidencia sobre los costos de operación dependerá de los combustibles, actividades y condiciones específicas alcanzadas por el tributo.
Comercio electrónico y distribución: si cambian las condiciones tributarias de ciertas compras internacionales de bajo valor, podrían modificarse los volúmenes, la composición y la gestión de los envíos asociados a ese mercado.
La lectura para el sector logístico es clara: aunque el proyecto no plantea un impuesto general nuevo sobre el transporte de carga, algunas de sus disposiciones podrían modificar los costos de operación de las empresas que hacen posible el movimiento de mercancías.
5. ¿La reducción del impuesto de renta beneficiaría a las empresas logísticas?
El Gobierno propone reducir la tarifa general del impuesto de renta para sociedades del 35 % al 33 % en 2027 y al 31 % desde 2028. La medida podría representar un alivio para empresas que tributan bajo esa tarifa, siempre que el proyecto sea aprobado y se mantenga esa disposición durante el trámite legislativo.
En principio, una menor tarifa puede liberar recursos que las compañías podrían destinar a fortalecer su operación, ampliar su infraestructura, invertir en tecnología o mejorar su capacidad de servicio.
Sin embargo, el beneficio no debe analizarse de manera aislada. Si una empresa obtiene una reducción en renta, pero al mismo tiempo enfrenta mayores costos laborales, tributarios o de operación, el resultado final dependerá de su estructura financiera.
¿Qué oportunidades de inversión contempla el proyecto?
Uno de los instrumentos propuestos es el Régimen Unificado de Grandes Inversiones (RUGE), diseñado para atraer proyectos de inversión de gran escala.
Según la información divulgada por el Ministerio de Hacienda, el régimen contempla tarifas preferenciales de renta para inversiones que cumplan las condiciones establecidas. El análisis del articulado también identifica requisitos de monto, ejecución, compras nacionales y permanencia.
Para el sector logístico, este tipo de incentivos podría resultar relevante en proyectos de infraestructura, centros de distribución, plataformas industriales y soluciones tecnológicas vinculadas a grandes inversiones. No obstante, no se trata de un beneficio general para todos los operadores logísticos: cada proyecto tendría que cumplir las condiciones de acceso.
6. ¿Qué riesgos deben revisar las empresas de comercio exterior?
Más allá de los beneficios anunciados, la propuesta plantea retos que las compañías deberían evaluar antes de ajustar sus presupuestos o comprometer nuevas operaciones.
Riesgo o variable | ¿Por qué debe revisarse? | ¿Qué puede hacer la empresa? |
Cambios en el IVA | Algunas compras internacionales y categorías de bienes podrían tener un tratamiento distinto. | Revisar clasificación, modalidad de importación y costo total de adquisición. |
Costos de nómina | Los cambios en aportes podrían elevar los costos asociados a determinados rangos salariales. | Simular escenarios de nómina y actualizar presupuestos laborales. |
Rentabilidad de las operaciones | Una reducción en renta no necesariamente compensa otros aumentos de costos. | Evaluar el efecto tributario y operativo de manera conjunta. |
Inversiones de largo plazo | Los incentivos pueden estar sujetos a montos mínimos y requisitos específicos. | Verificar la elegibilidad antes de estructurar proyectos. |
Planeación logística | Los cambios en el comercio electrónico y en los costos operativos podrían modificar las necesidades de distribución. | Revisar contratos, tarifas y proyecciones de demanda. |
Incertidumbre legislativa | El texto puede cambiar durante su discusión en el Congreso. | Hacer seguimiento al trámite antes de tomar decisiones definitivas. |
El principal riesgo sería tomar decisiones empresariales con base en anuncios generales, sin revisar el articulado, las condiciones de aplicación y el impacto particular sobre cada operación.
En comercio exterior, una modificación tributaria no se traduce automáticamente en un mismo resultado para todos. El efecto depende del tipo de mercancía, la modalidad de ingreso, la estructura de costos, el origen de los productos y las características de cada empresa.
7. ¿Qué deberían hacer desde ahora importadores, exportadores y operadores logísticos?
Aunque las medidas todavía no están vigentes, las empresas pueden anticiparse mediante una revisión de sus operaciones. No se trata de cambiar contratos o detener importaciones por una propuesta legislativa, sino de identificar qué variables podrían modificarse y preparar escenarios.
Estas son cinco acciones recomendadas:
Revisar la estructura de costos: identificar cuánto representan los tributos, el transporte, la nómina, el almacenamiento y los servicios asociados a cada operación.
Evaluar las compras internacionales: diferenciar las importaciones comerciales ordinarias de las compras realizadas mediante plataformas, tráfico postal o envíos urgentes.
Simular escenarios tributarios: calcular cómo cambiarían los resultados si se aprueban las modificaciones propuestas en renta, IVA y aportes laborales.
Revisar contratos y acuerdos comerciales: verificar las condiciones pactadas con proveedores, clientes y aliados logísticos, especialmente cuando los costos tributarios puedan variar.
Seguir el trámite legislativo: confirmar qué artículos se mantienen, cuáles se modifican y desde cuándo podrían aplicarse si el proyecto llega a convertirse en ley.
Una empresa que conoce sus costos y tiene trazabilidad de sus operaciones puede responder mejor ante los cambios regulatorios. La planeación es una herramienta de competitividad, no solamente una tarea contable.
8. Entonces, ¿la Ley de Rescate Económico representa una oportunidad o un riesgo para el comercio exterior?
La respuesta depende de cada empresa y de cómo se combinen los cambios propuestos.
La reducción de la tarifa general de renta podría favorecer a determinadas sociedades. Los incentivos a grandes inversiones podrían abrir oportunidades para proyectos productivos y de infraestructura. A su vez, los cambios en el IVA de algunas compras internacionales podrían modificar las condiciones de competencia entre productos nacionales y extranjeros.
Pero también existen factores que pueden presionar los costos empresariales, especialmente en materia de nómina y de ciertos bienes y servicios. Para los exportadores, el efecto puede llegar de forma indirecta a través de sus costos de producción y operación. Para los importadores, será fundamental identificar qué tratamientos tributarios cambiarían según la modalidad de compra e ingreso de mercancías.
El verdadero impacto no se medirá únicamente por cuánto bajen los impuestos de las empresas, sino por cómo cambie el costo total de producir, importar, exportar y movilizar mercancías en Colombia.
Para el sector logístico, el desafío será adaptarse a un entorno regulatorio que puede modificar las condiciones de operación y, al mismo tiempo, aprovechar las oportunidades que surjan para mejorar la eficiencia, la tecnología y la competitividad.
En Red Logística Internacional entendemos que cada decisión de comercio exterior tiene implicaciones financieras, operativas y regulatorias. Por eso, contar con información clara y una adecuada coordinación logística es fundamental para que las empresas puedan anticiparse a los cambios y tomar decisiones con mayor seguridad.
9. Preguntas frecuentes sobre la Ley de Rescate Económico
¿La Ley de Rescate Económico ya está aprobada en Colombia?
No. Corresponde al Proyecto de Ley 477 de 2026 Cámara, radicado el 29 de octubre de 2026. Se encuentra en trámite legislativo y sus disposiciones pueden cambiar durante los debates. Por tanto, no deben aplicarse como si fueran normas vigentes.
Cámara de representantes+1
¿La Ley de Rescate Económico aumentará los impuestos a las importaciones?
El proyecto propone eliminar la exclusión del IVA para determinadas importaciones realizadas mediante tráfico postal, envíos urgentes o entregas rápidas cuyo valor no supere los USD 200. De aprobarse esa modificación, estas operaciones podrían quedar gravadas con IVA del 19 %, salvo que les corresponda otro tratamiento especial. Esto no significa que todas las importaciones comerciales reciban automáticamente el mismo tratamiento.
¿La propuesta crea un impuesto general a las exportaciones colombianas?
En las disposiciones analizadas no se identifica una modificación general que establezca un nuevo impuesto a las exportaciones de mercancías. Sin embargo, las empresas exportadoras podrían experimentar efectos indirectos por cambios en sus costos laborales, productivos y operativos.
¿El transporte de carga tendrá que pagar IVA?
El análisis de los cambios propuestos al IVA señala que el transporte de carga conservaría su tratamiento de servicio excluido. Por eso, no es correcto afirmar que el proyecto plantea gravar automáticamente con IVA todos los servicios de transporte de mercancías.
¿Qué beneficios tributarios propone para las empresas?
Entre las medidas anunciadas están la reducción gradual de la tarifa general de renta para sociedades y la creación del RUGE, un régimen de incentivos para grandes inversiones que cumplan requisitos específicos. Su aplicación dependerá de la aprobación del proyecto y de las condiciones definitivas.
Minhacienda+1
¿Qué deben hacer las empresas mientras se discute el proyecto?
Lo recomendable es revisar sus costos, identificar las disposiciones que podrían afectar sus operaciones, simular escenarios tributarios y hacer seguimiento al trámite legislativo. No es conveniente modificar decisiones comerciales únicamente con base en propuestas que todavía no han sido aprobadas.
Conclusión: anticiparse también es una ventaja competitiva
La discusión alrededor del Proyecto de Ley de Rescate Económico no debería quedarse en cuánto sube o baja un impuesto. Para las empresas que participan en el comercio internacional, la pregunta de fondo es cómo podrían cambiar las condiciones para producir, comprar, vender y movilizar mercancías.
Importar o exportar exige mucho más que encontrar un proveedor o conseguir un comprador. Requiere conocer las reglas, calcular los costos, coordinar cada etapa y anticiparse a los riesgos que pueden afectar una operación.
Por eso, mientras avanza la discusión legislativa, las empresas necesitan información confiable y una visión integral de sus procesos logísticos. Entender los cambios a tiempo puede marcar la diferencia entre reaccionar ante un sobrecosto y estar preparado para gestionarlo.
Red Logística Internacional. Nosotros movemos tu mercancía. Tú mueves tu empresa.




Comentarios